¿Debes mucho en impuestos al IRS?

 ¿Debes mucho en impuestos al IRS?

Por; Eduardo Ezeta*

¿Te gustaría llegar a un acuerdo con EL IRS a fin de que por un 20% de la deuda se te perdone el resto? La solución es la oferta en compromiso. ¿Nunca escuchaste de ella como un mecanismo de salir por fin de tan pesada deuda?

Pues presta mucha atención al presente artículo a fin de si fuera este tu caso, puedas salir airoso con el IRS, pagando tan solo una pequeña porción de tu deuda y resto te será perdonada o condonada.

Una oferta en compromiso es un acuerdo de pago entre el contribuyente y el IRS que permite perdonar gran parte de la deuda en impuestos y salir condonado con el balance de la deuda. La meta de una oferta en compromiso es el lograr un equilibrio de intereses entre el IRS y el contribuyente y así conseguir de parte del contribuyente un fresco nuevo empezar.

Al someter al IRS una oferta en compromiso no se le asegura al contribuyente la aprobación de la solicitud. Con esta empieza un proceso de evaluación y verificación de parte del IRS, tomando en consideración cualquier circunstancia especial que pudiera afectar la habilidad de pago por de parte del contribuyente.

Generalmente el IRS no aceptará una oferta si el contribuyente puede pagar el total de su deuda o vía un acuerdo de pago en cuotas. El IRS tiene una guía de los pasos a seguir a fin de calcular una oferta en compromiso apropiada, basada en los activos del contribuyente, ingresos, gastos e ingresos potenciales futuros.

Antes de hacer una oferta usted debe: 1: haber presentado todos sus income taxes; 2: haber realizado todos los pagos estimados requeridos; 3: haber realizado todos los depósitos del trimestre corriente si es que usted fuese el dueño de su negocio y tiene empleados.

Si usted o su negocio están en medio de un proceso de bancarrota usted no es elegible para aplicar por una oferta en compromiso. Ninguna resolución de sus deudas pendientes generalmente debe tomar lugar dentro del contexto del proceso de su bancarrota.

Si usted tiene alguna duda legitima de lo que usted debe, parte de la deuda no le corresponde, usted deberá completar la Forma 656-L Offer in Compromise (Duda sobre la deuda)

Las penalidades e intereses continuaran devengándose durante el proceso de evaluación de la deuda. Usted no podrá someter una oferta por impuestos que aun no han sido sometidos al IRS.

Al realizar una oferta en compromiso se requiere pagar una aplicación no reembolsable de $150.00, existe una opción de pagar el 20% del total de la deuda y el balance pendiente deberá ser pagado en un periodo no mayor de 24 meses, desde el momento que su oferta sea aceptada.

Si usted reúne los requisitos que lo certifique como una persona de bajos ingresos, entonces no será requerido a enviar el pago inicial o hacer los pagos mensuales durante el proceso de evaluación de su oferta pero, sí se le requerirá elegir alguna de las opciones de pago.

Si su oferta es devuelta sin aceptar, ninguno de los pagos que usted realizó durante el proceso de oferta le será reembolsado, y los mismos serán aplicados a su deuda general.

Si usted no tiene dinero suficiente para pagar su oferta, debería considerar la posibilidad de conseguir un préstamo bancario, o de amigos o familiares. Las cuentas de retiro de un IRA o un plan 401 K que se liquiden, tendrán también en el futuro una deuda impositiva por el hecho de liquidarlas.

Si su oferta es aceptada usted deberá continuar pagando sus obligaciones impositivas futuras. Si falla en pagar sus obligaciones luego que su oferta es aceptada, su oferta podría ser considera en riesgo. Si esto sucediera, toda su deuda con el IRS incluidas penalidades e intereses serán reinstaurados.

Esperando que el artículo de la presente quincena haya sido de su agrado nos despedimos hasta la próxima edición.

Eduardo G Ezeta
Ezeta Accounting & Tax Services
770-409-0342

Rafael Navarro

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