“Obamacare” no es una carga pública

 “Obamacare” no es una carga pública
Hasta el 15 de diciembre están abiertas las inscripciones para acceder o renovar su cobertura en el Mercado de Salud a Bajo Costo.

Por: Rafael Navarro- ENG

La reinscripción en el Mercado de Salud a Bajo Costo, de la Ley de Cuidado Asequible, mejor conocida como Obamacare entre la comunidad latina, ha empezado a partir de este primero de noviembre y se extiende hasta el próximo 15 de diciembre, pero este año los “navegadores”, como se les llama a quienes hacen estas inscripciones, han tenido muchas inquietudes especialmente de la comunidad inmigrante.

“La pregunta más recurrente ha sido si esto no los va a afectar en el proceso migratorio que llevan a cabo, por considerarse una ayuda del gobierno”, dijo a El Nuevo Georgia Roberto Gutiérrez navegador de Georgia Primary Care Association.

Gutiérrez dice que les ha explicado a las personas que han llegado con esa pregunta, que, al día de hoy, tener una cobertura de salud obtenido en el Mercado de Seguros Médicos, no aplica como beneficio del gobierno.

“Funciona como subsidio, pero es un crédito fiscal no es ayuda del gobierno. No le complica su proceso migratorio, porque es un avance de crédito fiscal para que el precio quede bajito…Todas las personas con permisos y visas de trabajo califican el programa, menos los que tienen DACA”, aclaró.

Hay más restricciones en Georgia

Gutiérrez dice que en Georgia por ejemplo no hay casi que lugar a equivocaciones, porque en el estado no existe ningún tipo de ayuda estatal o federal para las personas que no tienen documentos, por lo que, es necesario que sepan, que, si aplican a Obamacare, es porque tienen una documentación legal que los respalde.

Dijo también que, para 2019 el sistema ha hecho algunas actualizaciones y está pidiendo soporte de todos los documentos de inmigración y Seguro Social, al momento de encontrar alguna incongruencia.

“Este año hay muchas más personas a las que se les está pidiendo soporte del seguro social, eso es porque, han pasado de un estatus a otro, tenían permisos de trabajo y se han vuelto residentes, o eran residentes y se han vuelto ciudadanos y no han ido a la oficina del Seguro Social a reportar esa novedad”, explicó.

Pero dejó en claro que el proceso sigue siendo sencillo, que no tienen que pagar a nadie para hacer la inscripción y que hay muchos recursos en la comunidad como los que ellos ofrecen para que más familias accedan a este beneficio.

Ya no hay multa

A partir del año del plan 2019 (por el que presentará los impuestos en abril del 2020), la multa ya no se aplica. (La multa a veces se denomina “pago de responsabilidad compartida” o “mandato”). Si no tiene cobertura durante el año 2019 o posterior, no necesita una exención para evitar la penalización.

Si tiene 30 años o más y desea inscribirse en un plan “Catastrófico” para 2019 o posterior, debe reclamar una exención por dificultad económica para calificar. Un plan Catastrófico ofrece cobertura de menor precio que principalmente lo protege de los altos costos médicos si se lastima o lesiona gravemente. 

Planes Catastróficos y exenciones en 2019

-Si tiene menos de 30 años, puede inscribirse en un plan Catastrófico, ya sea que tenga una exención o no.

-Si tiene 30 años o más, puede inscribirse en un plan Catastrófico sólo si califica para una exención por dificultades económicas (esto incluye exenciones de accesibilidad).

-Para inscribirse en un plan Catastrófico si tiene 30 años o más, debe presentar una solicitud de exención por dificultades económicas y obtener un número de certificado de exención.

Los inmigrantes con los siguientes estatus califican para usar el Mercado:

-Residente permanente legal (LPR/Portador de una tarjeta de residente permanente)

-Asilado

-Refugiado

-Participante Cubano-Haitiano

-Bajo entrada condicional en los EE.UU.

-Persona presente bajo entrada condicional concedida antes de 1980

-Cónyuge, o hijo y pariente maltratado

-Víctima del tráfico de personas, y su cónyuge, hijo, hermano o pariente

-Suspensión de deportación o remoción otorgada, bajo las leyes de inmigración o bajo el Convenio contra la tortura (CAT, por su sigla en inglés)

-Individuo con estatus de no-inmigrante, incluye visas de trabajo (tal como H1, H2A, H-2B), visas de estudiante, U-visa, T-visa y ciudadanos de Micronesia, las Islas Marshall, y Palau

-Estatus de protección temporal (TPS, por su sigla en inglés)

-Partida forzada diferida (DED, por su sigla en inglés)

-El Estatus de acción diferida (Excepción: la Acción Diferida para los llegados a EE.UU. en la infancia. (DACA, por su sigla en inglés) no es un estatus de inmigración elegible para solicitar seguro médico)

-Residente temporal legal

-Orden administrativa aplazando una remoción, emitida por el Departamento de seguridad nacional

-Miembro de una tribu nativa estadounidense reconocida federalmente, o indígena estadounidense nacido en Canadá.

Los solicitantes de cualquiera de estos estatus califican para usar el Mercado:

-Estatus de protección temporal con autorización de empleo

-Estatus de inmigrante especial joven

-Ajuste a estatus LPR

-Víctima de tráfico de visa

-Asilo 

-Suspensión de deportación o suspensión de remoción, bajo las leyes de inmigración o bajo el Convenio contra la tortura (CAT, por su sigla en inglés) 

-Quienes soliciten asilo son elegibles para una cobertura del Mercado solamente si se les ha concedido autorización de empleo o son menores de 14 años, y han tenido una solicitud pendiente por al menos 180 días

DETALLES E INFORMACION

Para obtener asistencia GRATIS en español en Georgia llame al: 1-844-442-7421, Extensión 2

Editor

Rafael Navarro, es Comunicador Social- Periodista de origen colombiano, ha trabajado por más de 30 años en medios de comunicación en español, tanto en Colombia como en Estados Unidos, en la actualidad es editor del periódico El Nuevo Georgia.

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