Extienden plazo para responder a ciertas solicitudes por la pandemia

 Extienden plazo para responder a ciertas solicitudes por la pandemia

La Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) anunció que ciertos trámites pendientes y que requieren una respuesta por parte del inmigrante dentro de un plazo establecido por ley, fueron nuevamente extendidos en respuesta a la pandemia del covid-19 y restricciones en oficinas para la atención al público.

La oficina de USCIS anunció que “ha ampliado las flexibilidades” vigentes desde hace más de un año para ayudar a los peticionarios y solicitantes que responden a la presentación de ciertas: 

    Solicitudes de Evidencia;

    Continuación o seguimiento de Solicitud de Evidencia (formulario N-14);

    Notificaciones de Intención de Denegar;

    Notificaciones de Intención de Revocar;

    Notificaciones de Intención de Rescindir y/o Notificaciones de Intención de Cancelación de centros de inversión regionales; y

    Mociones para Reabrir un caso N-400 (casos de ciudadanía por naturalización).

La agencia federal dijo que también considerará un Formulario I-290B, (Notificación de Apelación o Moción) o el Formulario N-336 (Solicitud de Audiencia sobre Decisión en los Procedimientos de Naturalización bajo la Sección 336 de la INA), si: 

El formulario se presentó hasta 60 días calendario a partir de la emisión de una decisión que tomamos; y

Tomamos esa decisión en cualquier momento desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 30 de junio de 2021.

La USCIS dijo además que la flexibilidad “aplica a los documentos anteriores si la fecha de emisión que se indica en la solicitud, notificación o decisión es entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2021, inclusive.

Fecha de Vencimiento de la respuesta

El servicio de inmigración también dijo que considerará una respuesta a las solicitudes y notificaciones anteriores recibidas dentro de 60 días calendario posteriores a la fecha de vencimiento de la respuesta establecida en la solicitud o notificación antes de tomar cualquier decisión.

“Además, consideraremos un Formulario N-336 o Formulario I-290B recibido hasta 60 días calendario a partir de la fecha de la decisión antes de tomar cualquier acción”, precisó.

Editor

Rafael Navarro, es Comunicador Social- Periodista de origen colombiano, ha trabajado por más de 30 años en medios de comunicación en español, tanto en Colombia como en Estados Unidos, en la actualidad es editor del periódico El Nuevo Georgia.

Related post