Peruanos ya pueden solicitar pasaporte biométrico

Miguel Alemán Urteaga, cónsul de Perú en Atlanta
Miguel Alemán Urteaga, cónsul de Perú en Atlanta

El Nuevo Georgia News

Por medio de un comunicado, el consulado general de Perú en Atlanta informó a sus connacionales que, en aplicación del Decreto Supremo No. 037-2016-RE, a partir del jueves 7 de julio de 2016, esa misión diplomática iniciaba los trámites referidos a la expedición de los pasaportes biométricos o electrónicos.

“Por consiguiente, desde esa fecha, se dejarán de emitir pasaportes mecanizados”, dice la nota.

Detalles:

El pasaporte biométrico tendrá un costo único de US$ 70.00 y tendrá una vigencia de 5 años, sin opción a renovarse. El trámite requiere la presencia física del interesado en la sede de este Consulado General y la entrega de dicho documento, cuando culmine el procedimiento, será únicamente al titular o al representante legal que efectuó la solicitud.

“El plazo de entrega del pasaporte biométrico al interesado es de 30 días calendarios, más el tiempo que tome el envío desde el lugar en que serán producidos, teniendo en cuenta que estos documentos no serán elaborados en este Consulado General”, advierten.

Así mismo dejaron saber que oportunamente se informará acerca del procedimiento para el envío del pasaporte biométrico por correo postal, para los solicitantes que residen fuera del área metropolitana de Atlanta.

Requisitos generales para mayores de edad

– Presentar el DNI original y vigente (último emitido).
-Toma gratuita de fotografía digital y de huellas deca-dactilares del titular en este Consulado General.
-Comprobante de pago por los derechos consulares respectivos (US$ 70.00)

Requisitos generales para menores de edad

– Presentar el DNI original y vigente del menor de edad
-Toma gratuita de fotografía digital y de huellas deca-dactilares del titular en este Consulado General.
-Comprobante de pago por los derechos consulares respectivos (US$ 70.00)
-Presentarse acompañado de uno de sus padres o por el apoderado de por lo menos uno de sus padres o por su tutor legal. En todos los casos el padre, apoderado o tutor, deberá identificarse con DNI vigente (último emitido) si es peruano, o documento de identidad que oficialmente lo identifique en el país donde se encuentre, si es extranjero.
-Cuando lo solicite el (los) padres, adicionalmente, deberán presentar copia simple del acta de nacimiento peruana del menor, en la que se verificará la capacidad de ejercicio de patria potestad.
-Cuando lo solicite el (los) apoderado(s) de uno o ambos padres, adicionalmente, deberán presentar copia simple del acta de nacimiento peruana del menor, en la que se verificará la capacidad de ejercicio de la patria potestad del poderdante. Asimismo, deberán presentar el poder fuera de registro o por escritura pública, con la facultad específica de gestionar el pasaporte para el menor de edad.
-Cuando lo solicite el tutor legal, adicionalmente, deberá presentar una copia simple del acta de nacimiento peruana del menor. Asimismo, deberá presentar el instrumento público o judicial, debidamente inscrito en el registro correspondiente, mediante el cual se le nombre representante legal del menor de edad.

Editor

Rafael Navarro, es Comunicador Social- Periodista de origen colombiano, ha trabajado por más de 30 años en medios de comunicación en español, tanto en Colombia como en Estados Unidos, en la actualidad es editor del periódico El Nuevo Georgia.

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